______________ AMBIENTEDIRITTO ______________
EL PACTO DE NO CONCURRENCIA PARA DESPUÉS DE EXTINGUIDO EL CONTRATO DE TRABAJO: UNA APROXIMACIÓN JURISPRUDENCIAL
Por Francisco Pérez de los Cobos Orihuel
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Complutense de Madrid y Presidente Emérito del Tribunal Constitucional.
Resumen: Los pactos de no concurrencia para después de extinguido el contrato de trabajo previstos en el art. 21.2 del Estatuto de los Trabajadores vienen suscitando una intensa litigiosidad. La parca regulación legal ha hecho necesaria una intensa labor interpretativa de los Tribunales para perfilar el régimen jurídico de la institución. Este ensayo da cuenta de la jurisprudencia y la doctrina judicial elaboradas en torno a esta figura.
Abstract: The non-competition agreements for after the termination of the employment contract provided for in art. 21.2 of the Workers’ Statute have been generating of intense litigation. The scant legal regulation has made it necessary for the Courts to carry out an intense interpretative work in order to outline the legal framework of the institution. This essay reports on the jurisprudence and judicial doctrine developed around this figure.
SUMARIO: 1. Introducción. – 2. La interpretación jurisprudencial del pacto de no concurrencia postcontractual. – 2.1. Sobre la naturaleza del pacto, su funcionalidad y formalización. – 2.2. Requisitos legales del pacto de no concurrencia postcontractual. – 2.2.1. La duración del pacto. – 2.2.2. El interés industrial o comercial. – 2.2.3. La compensación económica adecuada. – 2.3. Los efectos del incumplimiento del pacto de no concurrencia postcontractual.
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